¿Que son los procuradores de los tribunales?

En España, el procurador de los tribunales es un licenciado en Derecho que se ha inscrito en un Colegio de Procuradores, ejerce la representación procesal de las partes en litigio ante los juzgados y tribunales, y se ocupa del cumplimiento forzoso de las resoluciones dictadas por dichas autoridades.

Se encarga de representar a su cliente ante el órgano judicial recibiendo en su nombre cuantas notificaciones sean precisas para el desarrollo del proceso. De esta manera se agiliza el desarrollo del proceso judicial, evitando que el justiciable deba presentarse constantemente ante el juzgado o tribunal para ser notificado de las diferentes resoluciones que se dicten en el proceso.

El procurador es el garante para la protección de la igualdad de las partes ante la complejidad de los procesos judiciales de forma que no pierda su poderdante la posibilidad de ejercer sus derechos (se efectúen los trámites en plazo, interposición de recursos, evitando la preclusión de las oportunidades procesales).

Trabaja en estrecha relación con el abogado. En numerosos procedimientos judiciales es obligatoria y preceptiva su intervención, sin que el justiciable pueda en nombre propio comparecer ante los tribunales. No obstante, existen algunos procedimientos que no exigen la contratación obligatoria del procurador, y en la práctica es habitual que la representación sea ostentada por el mismo abogado que se encarga de la dirección letrada del proceso.

Al procurador le corresponde velar por la normalidad del proceso, evitando dilaciones y obstáculos que puedan alargar el procedimiento.

En España, hasta la reforma de la ley de los Colegios Profesionales realizada por la Ley 25/2009, de 22 de diciembre,2​ únicamente podían ejercer en un partido judicial. La reforma legal citada eliminó el principio de territorialidad y admitió «que un procurador que no resida en la sede del lugar donde se sigue el juicio pueda personarse y actuar como representante procesal de la parte».3

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Fecha de vencimiento: Fecha de finalización aún por determinar.

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